domingo, 12 de febrero de 2017

QUE NO TE TOME POR SORPRESA

Gaceta oficial Nº 41.075 16 de enero de 2017


SUMARIO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Decreto N° 2.671, mediante el cual se prorroga, hasta el 20 de febrero del año 2017, sólo en el Territorio Venezolano, la circulación y vigencia de los billetes de cien bolívares (Bs. 100) emitidos por elBanco Central de Venezuela. 
(Serán de curso legal).


DECRETO N° 1 
EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y EMERGENCIA ECONÓMICA,  MEDIANTE EL CUAL SE PRORROGA HASTA EL 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2017,  SÓLO EN EL TERRITORIO VENEZOLANO, LA CIRCULACIÓN Y VIGENCIA

DE LOS BILLETES DE CIEN BOLÍVARES (Bs. 100) EMITIDOS
POR EL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA.  (SERÁN DE CURSO LEGAL).
 

Artículo 1°. Se prorroga hasta el 20 de febrero del año 2017, sólo en el Territorio Venezolano, la circulación y vigencia de los billetes de Cien Bolívares (Bs. 100) emitidos por el Banco Central de Venezuela. (Serán de curso legal).

Artículo 2°. El Ejecutivo Nacional, coordinará con el Banco Central de Venezuela, todas las acciones necesarias para la aplicación y el cumplimiento del presente Decreto con la finalidad de Defender y Velar por la estabilidad económica y monetaria del País, corno lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El problema sigue siendo la liquidez del nuevo billete que a pesar de su implementación aun no existe suficiente circulante para cubrir la demanda y esto pudiera traer dudas en en colectivo causando malestar en los ciudadanos.

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